jueves, 5 de marzo de 2015

En el Servicio Andalucía Orienta del Consorcio Vega Sierra Elvira, en la unidad de Santa Fe se van a llevar a cabo los siguientes talleres en este mes de Marzo .- Taller Iniciación informática .- Taller de creación de blog .- Taller de portales de empleo .- Taller de redes sociales y búsqueda de empleo Para inscribirse sólo llamar al teléfono 958511366, o al e-mail: orientasantafeinma@consvega.com Animaros
Aprobado un nuevo Decreto de medidas urgentes para favorecer la inserción laboral, la estabilidad en el empleo, el retorno del talento y el fomento del trabajo autónomo Para más información: http://www.juntadeandalucia.es/presidencia/portavoz/economia/100151/consejo/gobierno/decreto/ley/medidas/urgentes/favorecer/insercion/laboral/estabilidad/empleo/jovenes/retornados/junta/andalucia/promocion

viernes, 22 de agosto de 2014

ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA IMPULSA-T PARA JÓVENES DESEMPLEADOS


La Junta de Andalucía y Telefónica han firmado un convenio para el desarrollo por parte de esta última de la iniciativa Impulsa-T, un nuevo programa formativo enmarcado en el proyecto Andalucía Open Future, que ofrecerá cursos de carácter presencial para personas jóvenes desempleadas, con el objetivo de favorecer y generar nuevas oportunidades de empleo, en el área de las tecnologías de la información y la comunicación.

Dentro del programa de formación se ofrecen cuatro cursos: Técnico en community manager y posicionamiento web (145 horas), Técnico e- commerce (100 horas), Experto legal en medios digitales (205 horas) y Consultor ITSecurity (250 horas). Con carácter general, para poder participar en estos cursos las personas interesadas deberán tener menos de 35 años de edad, estar inscrita como demandante de empleo desempleada, tener un perfil TIC y obtener una puntuación superior a 18 puntos en el test de nivel que se realizará en la fase de solicitud. Para el acceso a cada uno de estos cursos se exige además un determinado y específico nivel de formación de profesional de grado medio o superior, de licenciatura, diplomatura o grado, según el curso al que se opte.

El plazo para inscripción está abierto desde el 5 de agosto hasta el 7 de septiembre.
Consulta el programa:

OFICINA VIRTUAL DE EMPLEO- Servicio Andaluz de Empleo- Junta de Andalucía
Noticias y Novedades
JUNTADEANDALUCIA.ES

miércoles, 13 de agosto de 2014

Los contactos personales dan trabajo. El mercado oculto de las ofertas de empleo

Vivimos en una sociedad cambiante: Cambiamos a menudo de trabajo, de puesto, de empresa, de sector… alternando períodos de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia. La tecnología también avanza a velocidad de vértigo, y los conocimientos académicos se quedan rápidamente obsoletos si no los mantenemos al día.
Los contactos personales son importantes para encontrar trabajo. No se trata de buscar un enchufe, de que nos contraten por tener un vínculo con el contratador sin estar capacitados para desempeñar las labores del puesto, sino de llegar a un empleador a través de un contacto mutuo, que nos recomiende de primera mano, reduciendo la incertidumbre por parte de quien emplea.
En España hay un mercado oculto de ofertas de empleo: de cada 100 ofertas de trabajo sólo se publican 20. El 80% de las vacantes de empleo no salen a la luz, se cubren a través de contactos, networking.
Claves para sacar el máximo beneficio de tu red de contactos a la hora de buscar empleo
1.     Haz una lista de la gente que crees que te puede ayudar
2.     Selecciona los contactos a contactar prioritariamente
3.     Contacta con ellos y anota lo comentado con cada uno y la vía (mail, tfno, presencial, en un evento..) por la que has contactado con ellos
4.     Dejar claro a nuestros contactos que buscamos empleo, y que queremos su ayuda, su consejo
5.     Mantenerse activo: estar desempleado no quiere decir estar parado: aprovechar el tiempo para formarse, escribir un blog, trabajar la marca personal, acudir a eventos del sector, hacer nuevos contactos, colaborar con una ONG…
6.     Mantener una actitud positiva
Cuidar los contactos personales en la vida privada y laboral es básico, no sólo cuando nos hacen falta. El networking bien entendido conlleva reciprocidad.

Mantener una red de contactos amplia y cuidada nos va a ser útil – no sólo para encontrar empleo, sino también para buscar clientes para nuestro negocio, empleados y proveedores para nuestra empresa, feedback sobre nuestro producto… etc.
Únete a  una comunidad de profesionales y haz networking en eventos de tu ciudad. Regístrate  en www.quedamus.com
En esta situación el profesional requiere formación contínua para poder realizar su trabajo de forma satisfactoria, y también contactos que le ayuden a encontrar trabajo, clientes, proveedores. Uno de los mejores lugares para formarse y hacer networking son los eventos. El profesional lo ha entendido y participa cada vez más en eventos y formaciones, presenciales y online.
Informa a los profesionales de los eventos que les pueden interesar y facilita el networking antes, durante y después del evento.
Se pueden:
1.     Descubrir eventos navegando en nuestra web: Contamos con filtros por provincia, por área profesional o por combinación de ambos, incluso eventos presenciales u online.
2.     Recibir una newsletter semanal con los eventos de nuestra zona
3.     Preparar una estrategia previa de networking en un evento: En Quedamus podemos ver los asistentes a un evento y consultar su perfil.
4.     Seguir a una persona u organización y recibir así un mail cada vez que ésta se inscribe u organiza un evento.
 ¡Las relaciones humanas son clave del éxito, también en el campo laboral!

 

martes, 5 de agosto de 2014

Como muchos de vosotr@s ya sabéis, la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto-Ley 9/2014, de 15 de julio, por el que se aprueba el Programa Emple@30+, publicado en BOJA el día 21 de julio de 2014.
Como Orientadores Profesionales queremos facilitaros la información general, con este artículo, y sobretodo, animar a todas aquellas asociaciones, ONGs y entidades privadas sin ánimo de lucro en general a que soliciten un proyecto tal y como  indica el Decreto-Ley.
Con ello contribuirán a la creación de empleo de personas mayores de 30 años así como la consecución del Proyecto que soliciten.

El Decreto-Ley contempla dos iniciativas de actuación:

·         Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+.
·         Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS QUE PODRÁN SER CONTRATADAS

Tener cumplidos 30 o más años de edad y estar inscritos, en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo no ocupados hasta el 30 de junio de 2014. La inscripción deberá estar completa y actualizada con el perfil adecuado de cada demandante.

Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Ayuntamientos andaluces
Los Ayuntamientos presentarán proyecto en la Junta de Andalucía con las obras y servicios a realizar y presentarán oferta de empleo en el SAE.

Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Las entidades sin ánimo de lucro privadas  con sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía cuyo objeto social o fundacional esté relacionado con las áreas o actividades siguientes:

1) Dependencia y Servicios Sociales.
2) Recursos y servicios de proximidad y a domicilio.
3) Gestión sostenible de recursos y actividades productivas.
4) Desarrollo de la economía social y local y del emprendimiento.
5) Impulso de la innovación en los sectores económicos y sociales, promoviendo la competitividad y diversificación del tejido productivo andaluz.
6) Comercio de proximidad.
7) Comercio exterior.
8) Acercamiento a la tecnología de la información.
9) Voluntariado y a apoyo a sus organizaciones.
10) Calidad y protección de la naturaleza y el paisaje, del medio ambiente y de los recursos naturales.
11) Desarrollo del patrimonio, cultura, turismo, ocio y deporte.

Cómo solicitar el Proyecto

Las entidades deberán rellenar los formularios de solicitud que se podrán obtener mediante descarga telemática en la Oficina Virtual del Servicio Andaluz de Empleo, accesible a través de la dirección electrónica www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdeempleo.

Las solicitudes y la documentación anexa, se presentarán en el Registro Telemático Único, de la Administración de la Junta de Andalucía, al que se accederá a través de la dirección electrónica www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdeempleo.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

De 2 meses contados a partir de la entrada en vigor del Decreto-Ley (22 de Julio de 2014)

Orienta Alfacar
Si os ha gustado podéis compartir y dejar vuestro comentario. Feliz verano a tod@s. 

jueves, 24 de julio de 2014

TRAMITES PARA HACERSE AUTONOMO

El crecimiento de los autónomos en el último año es imparable. 

El ritmo de creación del trabajo por cuenta propia duplica el asalariado, y muchos jóvenes han encontrado en la salida de crear su propio empleo la solución para poder integrarse en el mercado laboral. Si a la vuelta del verano está pensando en dar el salto, aquí una breve guía con lo que necesita saber antes de iniciar la guerra con la burocracia y las ventanillas.

¿Por dónde empiezo?

Los trámites mínimos son darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Para el primero, es necesario presentar la declaración censal ( modelos 036 y 037) en la Delegación de Hacienda o en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En este documento se comunica a Hacienda la actividad de entre las que están en la lista de epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas.
En un plazo de 30 días desde el inicio de la actividad, es necesario darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones de la misma, presentando el documento de solicitud de alta, modelo TA.0521. En el momento del alta, se define la base de cotización y las coberturas por las que se cotiza.
Ojo, para darse de alta en Autónomos en la Seguridad Social es imprescindible haber hecho antes el trámte de Hacienda.

Además, si se tiene prevista la apertura de un local, es necesario inscribir las patentes, los modelos, los diseños industriales y las marcas, los rótulos o los nombres comerciales en el Registro de la Propiedad Intelectual o en la Oficina Española de Patentes y Marcas, según proceda.

¿Se puede compatibilizar la prestación por desempleo con ser autónomo?

Sí, pero por un máximo de 270 días siempre que el trabajador sea menor de 30 años en la fecha de inicio de la actividad, no tenga trabajadores a su cargo y solicite la compatibilización en la oficina de prestaciones en el plazo de 15 días desde la fecha de inicio de la actividad. La solicitud se puede descargar  aquí.
Además, existe la posibilidad de  capitalizar la prestación por desempleo, bien para compensarla por cuotas de la Seguridad Social o bien para invertirla en el inicio de la actividad económica. Antes de inciar los trámites de alta como autónomo se debe ir a la oficina de Empleo a pedir autorización para utilizar la prestación por desempleo con estos fines. Mientras esta se cursa se pueden comenzar el resto de los trámites.

¿Cuánto me va a costar trabajar por cuenta propia?

El único coste fijo con el que se debe contar es el de la cuota de la Seguridad Social. Aunque cambia cada año, en la actualidad la cuota más baja es de 260 euros mensuales, que equivalen a una base de cotización de 875,70 euros. Cabe recordar que esta cuota es la que se cuenta para la pensión de jubilación y también para las prestaciones por enfermedad, etc. Si se opta por la cuota más baja, la prestación será equivalente a la base de cotización y es conveniente tenerlo presente para no llevarse sustos posteriores con la baja cuantía de las prestaciones. 
Además, si se quiere estar protegido en caso de cese de la actividad (el llamado paro de los autónomos) deberá abonar en total el 29,30% de su base de cotización ( pagando así la cotización por contingencias comunes). 

¿A partir de qué cifra de facturación es obligatorio darme de alta en la Seguridad Social?

No existe un mínimo. La Seguridad Social establece que, independientemente de la facturación del trabajador, es obligatorio darse de alta en el RETA, aunque con algunas salvedades -como cobrar por debajo del salario mínimo- que se aclaran en la próxima pregunta.

¿Me puedo dar de alta en Hacienda y no en la Seguridad Social?

Para poder emitir una factura, es necesario estar dado de alta tanto en la Seguridad Social como en Hacienda. El problema llega con todos aquellos trabajadores que facturan menos que la base mínima de cotización mensual (unos 260 euros mensuales para la base mínima). La Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) aclara que cuando los ingresos son más bajos que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) -645,30 euros mensuales- puede considerarse que no existe habitualidad, que es el criterio de la Seguridad Social para determinar que un trabajador es autónomo.
En concreto, la Seguridad Social dice que deben darse de alta en el régimen de autónomos "los trabajadores mayores de 18 años, que, de forma habitual, personal y directa, realizan una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo". Es decir, que si la actividad económica no es habitual y solamente se realizan trabajos puntuales, no sería necesario darse de alta en la Seguridad Social.

¿Qué ayudas tengo para hacerme autónomo?

Todos los nuevos autónomos tienen a su disposición una tarifa plana, por la cual durante los primeros seis meses pagarán más o menos 50 euros mensuales; durante los siguientes seis meses pagará más o menos 128 euros mensuales y durante los 18 meses siguientes, 180 euros. Al principio, Empleo aprobó estas reducciones solo para los menores de 30 años, pero finalmente las extendió a todas las personas que se dieran de alta por primera vez (o si han pasado cinco años desde su última alta como autónomos).
Los mayores de 65 años que hayan cotizado al menos 35 años y medio pueden disfrutar de una exención del 100% de la cotización a la Seguridad Social.
Hay más casos particulares. Por ejemplo, los trabajadores del mar, los mayores de 30 años que no hayan estado dados de alta como autónomos en los últimos cinco años, los familiares de autónomos que trabajen en la misma actividad, los residentes y con actividad en Ceuta y Melilla, los trabajadores con discapacidad superior al 33%, los pertenecientes a cooperativas de venta ambulante, los trabajadores agrarios y los que se encuentren en régimen de pluriactividad también podrán disfrutar de bonificaciones y reducciones (los detalles pueden consultarse aquí).
Por otra parte, los desempleados que quieran establecerse como autónomos podrán beneficiarse de subvenciones cuya cuantía variará dependiendo de la dificultad para el acceso a un empleo del solicitando (jóvenes de 30 o menos años, mujeres, personas con discapacidad o desempleados en general). Existen otras subvenciones para asistencia técnica o formación. Cada comunidad autónoma (de las que dependen las competencias de Empleo) tiene diferentes paquetes de ayudas, así como instituciones privadas.

Si luego no me va bien, ¿qué pasa si me doy de baja?

El fin de la actividad debe comunicarse a la Seguridad Social y a Hacienda para cursar la baja en el Impuesto de Actividades Económicas y surtirá efecto desde el primer día del mes siguiente al que el trabajador cese su actividad.
Si en el momento de darse de alta como autónomo se está cobrando la prestación por desempleo, por lo general esta se interrumpe. Si el autónomo se da de baja antes de que pasen dos años desde el alta, puede recuperar la prestación por desempleo directamente. Pasados esos dos años, según ATA no se pierde el derecho a la prestación, pero no se puede recuperar directamente pero sí después de realizar un trabajo por cuenta ajena. No obstante, si han pasado cinco años o más desde el alta en el régimen de autónomos, la prestación se pierde, es decir, que el contador se quedaría a cero.

¿Qué impuestos tengo que pagar?

Cuando un trabajador se da de alta en el RETA, adquiere obligaciones fiscales, que se materializan con el pago de dos impuestos. El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), que depende de los ayuntamientos y grava el mero ejercicio de actividades económicas en territorio nacional, y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que grava la renta de las personas físicas. Si el autónomo decide constituir una sociedad mercantil, en lugar del IRPF deberá pagar el Impuesto de Sociedades. Además, deberá tener en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), aunque, en algunos casos, puede haber exenciones dependiendo de la actividad económica (por ejemplo, actividades educativas como impartir clases particulares, o las publicaciones en medios).

Solo voy a tener un cliente. ¿Me pueden detectar como falso autónomo?

En principio, es obligatorio darse de alta en un registro oficial como  Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE) siempre que se facture al menos el 75% de todos los ingresos con uno de los clientes con los que se trabaja. Aunque se facture el 100% con el mismo cliente, el autónomo debe darse de alta como TRADE si trabaja realmente por cuenta propia; es decir, si tiene independencia estructural y operativa del cliente para el que trabaja y asume sus propios riesgos. Si, por el contrario, trabaja como un empleado más, está integrado en la organización y utiliza los equipos del cliente para el que trabaja, pero está dado de alta como autónomo porque a la empresa le sale más barato, se trata de un falso autónomo y está cometiendo un fraude, lo que puede detectarse en una inspección.

¿Se puede cambiar la base de la cotización?

Sí, pero como máximo dos veces al año. Para ello, se debe solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Administración de la misma o por Internet. Los plazos son antes del 1 de mayo para el 1 de julio y antes del 1 de noviembre para el 1 de enero.
Para evitar que muchos autónomos cambien su base de cotización justo antes de la jubilación, también hay un límite de edad para estos cambios, que está en 47 años.

Y luego, ¿facturar es muy complicado?

No se puede negar que el proceso de tener un trabajo por cuenta propia exige un mayor orden y responsabilidad que el asalariado. Deberá llevar su contabilidad, guardar sus facturas, perseguir a buen seguro a sus clientes, esperar en muchas ocasiones hasta 90 días para cobrar y hacer una declaración trimestral de IVA. Esto si va a optar por una profesión liberal que no exija montar un local de negocio o esté sometida a otras regulaciones locales o regionales.